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RESOLUCIÓN de la Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad por la que se conceden las subvenciones destinadas a los Centros Habilitados para la recogida de Especies Exóticas Invasoras en Canarias.

Examinado el expediente administrativo para la concesión de subvenciones destinadas a los Centros Habilitados para la recogida de Especies Exóticas Invasoras en Canarias para el ejercicio 2025.

Visto el informe-propuesta de fecha 10 de diciembre de 2025.

Y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES

1) Mediante Orden nº 145/2025, de 5 de mayo, de la Consejería de Transición Ecológica y Energía (BOC núm.97, de 16.05.2025), se aprueban las bases reguladoras que han de regir las convocatorias para la concesión de subvenciones destinadas a los Centros Habilitados para la recogida de Especies Exóticas Invasoras en Canarias.

2) Mediante Orden nº 213/2025, de 13 de junio, de la Consejería de Transición Ecológica y Energía (BOC núm.126, de 26.06.2025), se delega en el Director General de Espacios Naturales y Biodiversidad la competencia para la concesión de subvenciones destinadas a los centros habilitados para la recogida de especies exóticas invasoras en Canarias.

3) Mediante Orden nº 289/2025, de 13 de agosto, de la Consejería de Transición Ecológica y Energía (BOC núm.171, de 29.08.2025), se convocan las subvenciones destinadas a los Centros Habilitados para la recogida de Especies Exóticas Invasoras en Canarias.

4) El plazo de presentación de solicitudes finalizó el 30 de septiembre de 2025, después de un periodo de un (1) mes, habiéndose recibido tan sólo cuatro (4) solicitudes, de las cuales tres han sido admitidas a trámite y una se ha inadmitido por no reunir los requisitos necesarios para obtener la condición de beneficiario de las presentes subvenciones de conformidad con la Base 4ª de la citada Orden nº 145/2025, de 5 de mayo.

5) Se ha efectuado un requerimiento de subsanación de las solicitudes admitidas a trámite con motivo del necesario ajuste de las actuaciones a las iniciativas subvencionables en la presente convocatoria de subvenciones destinadas a los Centros Habilitados para la recogida de Especies Exóticas Invasoras en Canarias en el año 2025, relativas a las iniciativas vinculadas a los proyectos de inversión, y a las de divulgación, sensibilización y buenas prácticas.

6) Según Informe de 10 de diciembre de 2025, de la Jefatura de Servicio de Biodiversidad y del Director General de Espacios Naturales y Biodiversidad, existe crédito suficiente para atender a todas las solicitudes presentadas y no procede su baremación por la Comisión de Evaluación.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- De acuerdo con la citada Orden nº 213/2025, de 13 de junio, de la Consejería de Transición Ecológica y Energía, se delega en el Director General de Espacios Naturales y Biodiversidad las competencias para la concesión de estas subvenciones, que lleva implícita la de

En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: RP001-000tbqSTkRrI+UuqJnUhQ04NQ==

comprobación de la justificación de la subvención, la de adopción de la resolución que declare justificada, total o parcialmente, o no justificada la subvención, el orden de proceder, en su caso, a su abono incluyendo los anticipos, así como la de incoación, instrucción y resolución de los procedimientos de reintegro, y la de resolución de los recursos potestativos de reposición que, en su caso, pueda interponerse contra los actos que hayan sido dictados en ejercicio de la delegación de competencias efectuada.

Segunda.- La concesión de estas subvenciones se llevará a cabo de conformidad con lo establecido en las bases generales que rigen para la convocatoria y, en lo no previsto en ellas, se aplicará lo dispuesto con carácter básico en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Tercera.- De acuerdo con lo previsto en el apartado 6 de la base 11ª de la citada Orden nº 145/2025, de 5 de mayo, que rige las pesentes subvenciones, “Cuando la resolución de concesión propuesta coincida en todos sus términos con el contenido de la solicitud del beneficiario, se podrá aprobar la resolución de concesión sin realizar los trámites de resolución provisional y aceptación.”

Cuarta.- De acuerdo con el apartado 9 de la citada base 11ª, la resolución de concesión pondrá fin a la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.1.f). de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, contra la misma podrá interponerse recurso de reposición ante la Consejería competente en materia de medio ambiente, en el plazo de un mes, en la forma y supuesto previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Y en virtud de la Orden nº 289/2025, de 13 de agosto, será notificada a las personas interesadas mediante publicación en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Gobierno de Canarias.

En su virtud, y en el ejercicio de las competencias que tengo atribuidas,

RESUELVO

Primero: Conceder definitivamente las subvenciones destinadas a los Centros Habilitados para la recogida de Especies Exóticas Invasoras en Canarias para el ejercicio 2025, a los siguientes solicitantes por el importe indicado:

SOLICITANTE NIF TÍTULO ACTUACIÓN IMPORTE ACTUACIÓN

IMPORTE SOLICITADO

IMPORTE CONCEDIDO

% SUBVENCIONADO

Canaryfauna, S.L B35626407

Mejoras en infraestructuras y dotaciones destinadas a albergar ejemplares de especies exóticas invasoras

29.970,80 € 29.970,80 € 29.970,80 € 100%

Canaryfauna, S.L B35626407

Proyectos que mejoren los protocolos de actuación de RedEXOS

8.700,00 € 8.700,00 € 8.700,00 € 100%

Canaryfauna, S.L B35626407

Iniciativas de Divulgación, Sensibilización y Buenas Prácticas con especies exóticas

8.000,00 € 8.000,00 € 8.000,00 € 100%

TOTAL: 46.670,80 €

TOTAL: 46.670,80 €

En la dirección https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc?codigo_nde= puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante el número de documento electrónico siguiente: RP001-000tbqSTkRrI+UuqJnUhQ04NQ==

Maroparque Isla de La Palma, S.L

B38461182

Mejoras en infraestructuras y dotaciones destinadas a albergar ejemplares de especies exóticas invasoras (incluido clínica y zona de cuarentena)

80.855,50 € 80.000,00 € 80.000,00 € 98,94%

TOTAL: 80.000,00 €

TOTAL: 80.000,00 €

Manuel Jesús García Fernández (Quelonios del sur)

43788486M

Mejoras en infraestructuras y dotaciones destinadas a albergar ejemplares de especies exóticas invasoras (incluido clínica y zona de cuarentena)

37.310,00 € 37.310,00 € 37.310,00 € 100%

Manuel Jesús García Fernández (Quelonios del sur)

43788486M

Proyectos que mejoren los protocolos de actuación de RedEXOS (se incluye divulgación y medios materiales y personales)

700,00 € 700,00 € 700,00 € 100%

TOTAL: 38.010,00 €

TOTAL: 38.010,00 €

Segundo.- Inadmitir la solicitud de ALOHA-T 24 SL, con NIF B19727262, por no reunir los requisitos necesarios para obtener la condición de beneficiario de las presentes subvenciones de conformidad con la Base 4ª de la citada Orden nº 145/2025, de 5 de mayo.

Tercero.- Ordenar la publicación de la Resolución de concesión en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Gobierno de Canarias.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en su sede de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación, sin perjuicio de que pueda interponerse recurso potestativo de reposición ante este Órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, con los efectos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio de la posibilidad de ejercitar, en su caso, cualquier otro que se estime procedente.

EL CONSEJERO DE TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y ENERGÍA

EL DIRECTOR GENERAL DE ESPACIOS NATURALES Y BIODIVERSIDAD

Miguel Ángel Morcuende Hurtado

(P.D. según Orden de Transición Ecológica y Energía, B.O.C. n.º 126, de 26 de junio de 2025)

Este documento ha sido firmado electrónicamente por: MIGUEL ANGEL MORCUENDE HURTADO - DIRECTOR/A GENERAL Fecha: 10/12/2025 - 14:25:41 Este documento ha sido registrado electrónicamente: RESOLUCION - Nº: 395 / 2025 - Tomo: 1 - Libro: 2612 - Fecha: 10/12/2025 14:39:39 Fecha: 10/12/2025 - 14:39:39

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